¿Sufres algún un daño psíquico o psicológico? La valoración del daño psicológico es una de las demandas más frecuentes realizadas al psicólogo forense. Descubre cómo te puede ayudar el informe pericial psicológico para demostrarlo.
1. ¿De qué me sirve un informe pericial para la valoración del daño psicológico?
1.1. ¿En qué tipo de casos se solicita?
2. Concepto de daño psicológico.
2.1. Daño psíquico VS daño moral.
2.2. Lesión psíquica VS secuela.
2.3. Tipos de lesiones psíquicas y secuelas.
3. Propuesta de actuación pericial para valoración de daño psíquico.
3.1. Valorando el impacto de la situación de victimización.
3.2. Necesidad de valora la simulación, disimulación y sobre-simulación.
Si todavía no sabes lo que es un informe pericial psicológico o cómo éste puede beneficiarte, te recomendamos que leas la siguiente entrada:
La valoración del daño psicológico es una de las demandas más frecuentes realizadas al psicólogo forense por parte del propio cliente (supuesta víctima en este caso), pero también de los distintos operadores jurídicos dentro del Derecho penal. Esta valoración, explicada muy brevemente, consistirá principalmente en evaluar los desajustes psicológicos que sufre una persona al formar parte de una situación de victimización. Un aspecto fundamental que debe quedar claro es que no sólo importa la intensidad del hecho, sino que también tenemos que tener en cuenta el nivel de tolerancia que el sujeto tenga a la hora de hacerle frente.
La valoración del daño psíquico es de interés jurídico por varias razones (Esbec, 2000):
Pero además, este tipo de informes periciales serán, en la mayoría de los casos, imprescindibles para que la víctima sea recompensada tanto económica (a través de indemnización) como emocionalmente (reconocimiento) por el daño sufrido. Recordemos que el daño psicológico no es simple de demostrar ya que, al contrario que el daño físico, puede resultar no tan obvio. Es por ello por lo que se necesita de profesionales expertos en la materia para que hagan visible lo "invisible".
De la misma manera, a través de dicho informe y su correspondiente evaluación psicológica, el perito podrá dar una serie de recomendaciones con respecto al tratamiento que la víctima debe seguir y con respecto a su pronóstico.
En el contexto legal es muy frecuente encontrar casos en los que un acontecimiento ha podido generar un daño psicológico a una o varias personas. Por ello, Jueces, fiscales y abogados a menudo recurren a psicólogos forenses para averiguar la existencia o no de este daño y de posibles secuelas, la gravedad de las mismas y sus consecuencias en el desarrollo de la vida normal de la persona afectada.
Así, estos informes serán pertinentes en múltiples casos:
Antes de continuar, debemos establecer la diferencia entre el concepto de daño psíquico y daño moral. El primero, haría referencia a las consecuencias psicológicas derivadas del delito, siendo un concepto con base empírica, mesurable y objetivable y, por tanto, objeto de la intervención pericial. El segundo, haría referencia a todo aquel sufrimiento de la persona derivado del perjuicio a bienes inmateriales como el honor o la libertad siendo un concepto impreciso, no científico y sin posibilidad de cuantificación empírica y, por tanto, objeto de valoración por el juez y no por el perito (Esbec, 2000).
El daño psíquico puede adoptar dos formas en terminología jurídica: lesión psíquica, que hace referencia a una alteración clínicamente significativa que afecta en mayor o menor grado a la adaptación de la persona a los distintos
ámbitos de su vida (personal, social, familiar o laboral), y secuela psíquica, que se refiere a la estabilización y consolidación de esos desajustes psicológicos (Echeburúa, De Corral y Amor, 2004 cit. por Muñoz 2013).
Para delimitar la secuela psíquica debemos introducir un elemento cronológico (aproximadamente dos años tras la exposición al acontecimiento dañoso) y valorar la intervención clínica realizada. La cristalización de la lesión psíquica (secuela) suele expresarse, desde el punto de vista psicopatológico, mediante la aparición de rasgos desajustados en la personalidad de base que dificultan la adaptación del sujeto a su entorno (i.e., dependencia emocional, suspicacia, hostilidad y aislamiento social) (Muñoz, 2013).
Las consecuencias (huella psicológica) de este tipo de acontecimientos pueden ser muy variadas, si bien existe una alta prevalencia de la aparición del Trastorno de Estrés Agudo, Trastorno de Estrés Post Traumático (TEPT) y del Trastorno de Ansiedad Generalizada (TAG), también son comunes otros trastornos de ansiedad y trastornos depresivos. Por otro lado, la transformación permanente de la personalidad por acontecimiento traumático sería una de las secuelas más comunes.
Por ejemplo, una persona podría sufrir un atraco en el portal de un edificio y por ello desarrollar una serie de consecuencias psicológicas negativas como ansiedad, la reexperimentación, dificultad para dormir, etc -que sería parte de la huella psicológica. Esta persona podría evitar o ser incapaz de volver a entrar a ese o cualquier otro portal afectando su vida a nivel social y laboral.
Los psicólogos forenses debemos así valorar la afectación que este acontecimiento haya provocado en diferentes esferas: personal, social, familiar y laboral. Se trata de valorar si existen estos cambios, y de si se puede establecer una relación causal entre los mismos.
Evaluar el impacto psíquico derivado de la exposición a una supuesta situación de victimización criminal implica un amplio manejo por parte del perito de la psicopatología asociada a la vivencia traumática.
Siguiendo la perspectiva traumatogénica, una situación de victimización criminal es un estresor psicosocial enorme en la vida de una persona, ya que es algo poco o nada frecuente en las experiencias humanas, que desborda o anula las estrategias de afrontamiento del sujeto y supone un grave riesgo para su seguridad. Estas situaciones son experimentadas, en la mayoría de los casos, con una fuerte emocionalidad negativa (vivencia traumática), susceptible de desestabilizar el estado psicológico del sujeto (Echeburúa, 2004).
Frente a otras vivencias traumáticas (i.e., desastres naturales, accidentes, muerte repentina de un ser querido, etc.) las situaciones de victimización criminal tienen una mayor probabilidad de producir un impacto negativo en el estado psicológico del afectado (la probabilidad pasa de un 15-20% para los primeros casos, al 50-70% en los segundos) ya que provocan sensación de indefensión y vulnerabilidad, suponen la pérdida de la confianza en nuestros semejantes y despiertan sentimientos de ira y vergüenza (Echeburúa, Amor y De Corral, 2006).
Según Muñoz (2013), para valorar adecuadamente el impacto de una situación de victimización criminal debemos recurrir a la teoría del estrés transaccional (Lazarus y Folkman, 1986). Desde esta perspectiva el efecto de la exposición a un estresor de elevada magnitud estará en función de la interacción entre las variables individuales y contextuales de la persona y la propia situación de victimización, donde se incluyen procesos cognitivos, emocionales y comportamentales, previos al suceso criminal, propio del mismo y posterior a este. La víctima desde este modelo teórico no es un agente pasivo en relación al suceso, sino que tiene un papel activo en el proceso de ajuste (Soria, 2002).
De esta manera, diremos que el impacto psíquico del delito está modulado por distintos factores que, según Echeburúa et al. (2004), se agrupan en:
El perito deberá analizar exhaustivamente estos tres aspectos de cara al establecimiento del nexo causal entre la sintomatología que presenta el sujeto y el hecho acontecido. Siempre debemos de descartar la existencia de concausas que son necesarias pero no suficientes para la aparición de dicha sintomatología.
Los peritajes psicológicos (informe pericial) son una gran herramienta en juicios civiles, familiares y penales. Su objetivo es evaluar y analizar evidencias psicológicas para propósitos judiciales pero tenemos que tener en cuenta que son muy comunes los casos de simulación o meta-simulación (exageración) en el ámbito forense, especialmente cuando existen ganancias secundarias (Ej. posibilidad de indemnización). Pero detectarlos es especialmente complejo ya que los criterios clínicos (como, por ejemplo, los recogidos en el DSM) para detectar simulación presentan escasa validez predictiva (80% de falsos positivos; Roger, 1990), es por ello por lo que se aconseja seguir una estrategia multimétodo-multisistema para detectar posible simulación.
Así, se recomienda la combinación de pruebas de screening de simulación junto a pruebas de amplio espectro psicopatológico que cuenten con indicadores de validez y el contraste de información con diversas fuentes. Podremos sospechar de simulación cuando la integración de los resultados obtenidos por distintas fuentes, indiquen claras inconsistencias entre sí pero también con la clínica, curso y evolución del cuadro clínico.
La evaluación psicológica forense del daño psíquico es una actividad compleja debido a los distintos factores que pueden incidir en la respuesta de una persona ante una situación de victimización (no existe un perfil único de víctima), la dificultad de objetivación del estado mental (habitualmente se cuenta únicamente con la experiencia subjetiva de la persona evaluada) y la facilidad de fingimiento de los trastornos mentales. Por tanto, resulta difícil determinar la presencia o ausencia de un hecho delictivo atendiendo al estado psíquico de la supuesta víctima.
Por todo lo anterior, el perito psicólogo debe contar con conocimientos amplios y actualizados en psicopatología traumática, así como en técnicas y habilidades de evaluación forense.
En Estudio Psicoforense contamos con amplia formación y experiencia en la valoración del daño psicológico, y por ello realizaremos evaluaciones adecuadas y completas para determinar el estado psicológico de la persona así como para establecer el nexo causal entre dicho daño y el hecho traumático acontecido.
Recuerda que un peritaje psicológico, siempre y cuando esté utilizado eficazmente, puede ser decisivo en la toma de decisión judicial.
Echeburúa, E., De Corral, P. y Amor, P. J. (2004). Evaluación del daño psicológico en las víctimas de delitos violentos. Psicopatología Clínica, Legal y Forense, 4, 227-244.
Echeburúa, E., Amor, P. J. y De Corral, P. (2006). Asistencia psicológica postraumática. En E. Baca, E. Echeburúa y J. M. Tamarit Eds.), Manual de Victimología (pp. 285-306). Valencia: Tirant lo Blanch.
Esbec, E. (2000). El psicólogo forense en el proceso penal. Evaluación psicológica de la víctima. En E. Esbec y G. Gómez-Jarabo (Eds.), Psicología forense y tratado jurídico legal de la discapacidad (pp. 153-217). Madrid: Edisofer.
Lazarus, R. S. y Folkman, S. (1986). Estrés y procesos cognitivos. Barcelona: Martínez Roca.
Muñoz, J. M. La evaluación psicológica forense del daño psíquico: propuesta de un protocolo de actuación pericial. Anuario de Psicología Jurídica (2013) 61-69.
Rogers, R. (1990): Development of a new classificatory model of malingering. Bulletin of the American Academy of Psychiatry and the Law, 18, 323-333.
Soria, M. A. (2002). La evaluación de la victimización criminal. En M. A. Soria (Ed.), Manual de psicología penal forense (pp. 623-654). Barcelona: Atelier.